¿Puede ayudarme la bancarrota si he sido demandado o embargado?

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¿Puede ayudarme la bancarrota si he sido demandado o embargado?

Esta información es del folleto, "¿Puede ayudarme la bancarrota si he sido demandado o embargado?" preparado por Atlanta Legal Aid Society, Inc., última actualización el 31 de marzo de 2015.
 
Quiebra y Embargo 
Si usted ha sido demandado por un acreedor, o está siendo embargado por uno, una bancarrota por lo general puede ayudar a detener este proceso.  Esto es lo que necesita saber sobre las protecciones de la bancarrota, si ha sido demandado o embargado.
 
La suspensión automática 
Una de las protecciones más importantes que una persona obtiene al declararse en bancarrota es algo que se llama suspensión automática.  La suspensión es como un escudo protector que se levanta alrededor del deudor en el momento en que se presenta el caso de quiebra.  Mientras la suspensión esté vigente, los acreedores no pueden intentar cobrar al deudor o tomar la propiedad del deudor a menos que primero obtengan el permiso del tribunal de quiebras.  Si ha sido demandado o embargado, esto significa que cualquier acción que se esté tomando en su contra debe detenerse, a menos que el acreedor obtenga permiso de la corte de quiebras (mediante la presentación de lo que se llama una "petición de alivio de la suspensión") para seguir adelante. 
 
 
Para obtener la protección más rápida de la suspensión automática, es importante que usted o su abogado presenten un documento llamado Notificación de declaración de bancarrota en el tribunal donde se presentó la demanda o acción de embargo. Este documento puede ser muy corto; simplemente debe indicar que se ha declarado en bancarrota e incluir su número de caso. Esto pone al acreedor y al otro tribunal sobre aviso de que ha ingresado en la protección de bancarrota.
 
Si ha sido demandado, pero el acreedor no tiene un fallo
Si se declara en bancarrota mientras aún hay una demanda en su contra, el acreedor no podrá obtener un fallo en su contra sin pedir permiso al tribunal de bancarrotas. Si la demanda en su contra es una demanda de cobro ordinaria, presentada por una compañía de tarjetas de crédito, un proveedor médico u otro cobrador, es muy poco probable que el acreedor siga adelante. La deuda se considerará “no garantizada”, porque no habrá un juicio que la fije.  Esto significa que siempre que esté incluido en sus listas de bancarrotas y se notifique debidamente al acreedor, la deuda se cancelará sin que usted o su abogado tengan que tomar medidas adicionales, siempre que sea una deuda que pueda cancelarse.  Hay algunas categorías de deuda que no se pueden descargar, lo que se explica más adelante.
 
Si el acreedor tiene sentencia, pero no hay embargo
Si usted tiene uno o más juicios en su contra, hay un paso adicional que deberá tomar antes de que la deuda se elimine por completo a través de la bancarrota.   Este paso adicional se llama Moción para Evitar el Gravamen Judicial.  Cuando un acreedor obtiene un fallo en su contra, se crea un gravamen contra su propiedad y ganancias.  Para deshacerse de ese gravamen, el tribunal de quiebras debe emitir una orden que establezca que nada de lo que gane o posea estará sujeto a ese gravamen. Eso es lo que la Moción para Evitar el Gravamen Judicial le pide a la corte que haga.  Por lo general, los acreedores no se oponen a estas Mociones, siempre que el deudor haya enumerado todos sus bienes como exentos (lo que significa que el valor de los mismos está por debajo de cierta cantidad).
 
Si el acreedor ha comenzado un embargo
Si un acreedor le está embargando antes de declararse en bancarrota, esto debería detenerse tan pronto como se presente el caso y el acreedor reciba la notificación.  Si no se detiene, esto es una violación de la Suspensión Automática, y el tribunal de quiebras debe ser informado de esto de inmediato.
 
En algunos casos, usted podrá recuperar parte del dinero que se ha tomado.  Si le han embargado más de $600.00 dentro de los 90 días posteriores a la presentación de su caso de bancarrota, usted puede recuperar ese dinero.  Esto no sucederá automáticamente.  Su abogado tendrá que tomar medidas, como marcar su salario embargado como “exento” en sus calendarios de bancarrota y comunicarse con el acreedor, para asegurarse de que le devuelvan el dinero.  También se deberá presentar una Moción para Evitar el Gravamen Judicial, ya que la mayoría de los acreedores deben tener un fallo para obtener un embargo.
 
¿Qué deudas no son descargables?
Para saber si una bancarrota lo ayudará si está siendo demandado o embargado, es importante saber si la deuda en cuestión es cancelable, que es el término utilizado por el tribunal de bancarrotas para referirse a las deudas que se eliminan al completar con éxito el caso de quiebra.
 
La buena noticia es que la mayoría de las deudas regulares pueden cancelarse.  Esto incluye la mayoría de las deudas de tarjetas de crédito, deudas médicas y deudas con propietarios anteriores.  Sin embargo, hay ciertas deudas que no pueden ser descargadas en la bancarrota, tales como:

  • Préstamos para estudiantes (generalmente, a menos que el deudor esté discapacitado o demuestre dificultades excesivas)
  • La mayoría de la deuda tributaria (dependiendo de la antigüedad) 
  • Manutención de los hijos o pensión alimenticia
  • Deudas resultantes de conducir ebrio
  • Deudas resultantes del fraude del deudor

¿Debo presentar el capítulo 7 o el capítulo 13?
 
Hay dos tipos principales de casos de bancarrota que las personas que se ocupan de la deuda suelen considerar.  Pueden presentar un caso del capítulo 7, para liquidar las deudas rápidamente, o un caso del capítulo 13, que implica establecer un plan de pago en el que paga parte de su deuda durante 3 a 5 años y el resto se descarga.
 
Dado que una bancarrota del capítulo 13 implica un compromiso a largo plazo y un plan de pago, tiene sentido presentar ese tipo de caso de bancarrota en circunstancias limitadas, como las siguientes:
Es dueño de una casa con más de $21,500.00 en capital ($43,000.00 si usted y su cónyuge están presentando un caso de bancarrota conjunta)
Ha recibido una descarga en un caso del capítulo 7 dentro de los 8 años posteriores a la necesidad de presentar una nueva solicitud
Tiene demasiados ingresos para presentar un caso del capítulo 7.  Sus deudas principales son las que no se pueden liquidar, pero se pueden distribuir a lo largo del tiempo para darle alivio mensualmente.
 
Al decidir qué tipo de bancarrota presentar, debe consultar a un abogado con experiencia en bancarrotas.  Por lo general, es una mala idea declararse en bancarrota por su cuenta.  La mayoría de los casos presentados sin un abogado terminan siendo desestimados.  Tendrá muchas más posibilidades de liquidar sus deudas con éxito si contrata a un abogado para que lo represente en un caso de bancarrota.  Es posible que pueda calificar para recibir asistencia legal gratuita comunicándose con algunas de las oficinas que se enumeran en el reverso de este folleto.
 
Dentro de los 180 días antes de declararse en bancarrota, debe participar en el asesoramiento crediticio previo a la bancarrota proporcionado por un grupo aprobado.  Una lista de agencias de asesoría de crédito aprobadas está disponible aquí: http://www.justice.gov/ust/eo/bapcpa/ccde/cc_approved.htm.
 
¿Necesita ayuda?
Comuníquese con Atlanta Legal Aid en su condado o con uno de los otros programas que se enumeran a continuación.

Fulton County
54 Ellis Street
Atlanta, GA 30303
(404) 524-5811

DeKalb County
246 Sycamore Street
Decatur, GA 30030-3434
(404) 377-0701

Cobb County
30 South Park Square
Marietta, GA 30090
(770) 528-2565

Gwinnett County
324 West Pike Street
Lawrenceville, GA 30046
(678) 376-4545

South Fulton and Clayton Counties
777 Cleveland Avenue, Suite 410
Atlanta, GA 30315
(404) 669-0233

Georgia Senior Legal Hotline
(404) 657-9915

Atlanta Volunteer Lawyers Foundation
(404) 521-0790

Georgia Legal Services Program
(404) 206-5175 

Última revisión y actualización: Jun 05, 2015
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