¿Qué debo saber sobre los beneficios de empleo y educación para los veteranos?

Por: GeorgiaLegalAid.org
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Beneficios de Empleo y Educación

Beneficios de empleo y educación para veteranos

Contenido


¿Qué beneficios de empleo y educación están disponibles para los veteranos?

Como veterano, usted puede ser elegible para beneficios de empleo y educación del Departamento de Asuntos de Veteranos de EE.UU.  Estos beneficios incluyen:

 

Beneficios de GI Bill. 

El Beneficios de GI Bill cubre algunos o todos los costos de:

  • Universidad,

  • Escuela de posgrado, o

  • Programas de formación.

 

Hay varios programas de GI Bill, que incluyen:

  • GI Bill posterior al 11 de septiembre:  Usted puede ser elegible si ha estado en servicio activo durante al menos 90 días después del 10 de septiembre de 2001.

  • Servicio activo de Montgomery GI Bill:  Puede ser elegible si cumplió al menos dos años en servicio activo y usted:

    • Fue dado de baja honorablemente, y

    • Tiene un diploma de escuela secundaria, GED o 12 horas de crédito universitario, y

    • Cumple con otros requisitos.

  • Reserva Seleccionada Montgomery GI Bill:  Usted puede ser elegible si es miembro de la Reserva o de la Guardia Nacional y:

    • Tiene una obligación de servicio de 6 años (acordó servir 6 años) en el Servicio Seleccionado, o

    • Es un oficial en el Servicio Seleccionado que acordó servir 6 años además de su obligación de servicio inicial, y

    • Cumple con otros requisitos.
       

Si usted no cumple con los requisitos para los beneficios de GI Bill, aún puede ser elegible para otros programas de beneficios educativos.

 

Programa de Rehabilitación Vocacional y Empleo. 

El VA Programa de Rehabilitación Vocacional y Empleo (VR&E) ayuda si usted tiene una discapacidad relacionada con el servicio.  La discapacidad debe limitar su capacidad para trabajar o impedirle trabajar.  VR&E, también llamado Capítulo 31, ofrece cinco pistas para ayudarlo a encontrar y mantener un trabajo.  Estas pistas son:

  • Pista de re-empleo:  Le ayuda a volver al trabajo civil que tenía antes de ser desplegado.

  • Acceso rápido a la vía de empleo:  Le da asesoramiento y apoyo para la búsqueda de empleo.

  • Pista de auto-empleo:  Le ayuda a iniciar su propio negocio.

  • Empleo a través de un seguimiento de servicios a largo plazo: Le da formación vocacional para ayudarlo a adquirir nuevas habilidades laborales.

  • Vía de vida independiente:  Proporciona servicios para ayudarle a vivir de manera independiente si no puede regresar al trabajo.

 

Usted es elegible para VR&E si es un veterano y:

  • No fue despedido deshonrosamente, y

  • Tiene una calificación de discapacidad relacionada con el servicio de al menos el 10% de VA, y

  • Solicita servicios de VR&E.

 

Si no califica para VR&E, aún puede ser elegible para programas de educación y orientación profesional a través de VA.

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¿Cuáles son mis derechos y responsabilidades?

Usted tiene derecho a los beneficios de VA para los que califica, pero es su responsabilidad solicitar esos beneficios.

 

Si se le niegan los beneficios o no está de acuerdo con alguna decisión de VA, tiene derecho a apelar esa decisión.  Es su responsabilidad iniciar el proceso de apelaciones.

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¿Cómo solicito los beneficios de empleo y educación?

¿Cómo puedo solicitar los beneficios de GI Bill?

Para solicitar el GI Bill y otros beneficios educativos de VA, necesitará: 

  • Número de Seguro Social,

  • Información de depósito directo de cuenta bancaria,

  • Historia militar y de educación, y

  • Información básica sobre la escuela o centro de capacitación a la que desea asistir o al que está asistiendo.

 

Usted puede aplicar:

 

La VA suele tomar una decisión en 30 días.  

 

¿Cómo puedo solicitar los beneficios Laborales y de Rehabilitación Vocacional?
  • Si ya tiene una clasificación de discapacidad VA, usted puede solicitar los beneficios de VR&E en línea a través de su cuenta de eBenefits.  Si usted es elegible, se le invitará a una sesión de orientación en su oficina de VA.

  • Si no tiene una clasificación de discapacidad VA, aún puede presentar una solicitud.  Llene VA Rehabilitación Vocacional (Formulario VA 28-0588).  Usted puede ser elegible para VR&E si no tiene una clasificación de discapacidad, pero:

    • Está pasando por el proceso de la Junta de Evaluación Física, o

    • Está esperando un despido que no sea deshonroso y tiene una calificación de memorando de VA de 20% o más, o

    • ingresó en el Sistema Integrado de Evaluación de la Discapacidad (IDES).

 

Después de presentar la solicitud, tendrá una reunión con un consejero de rehabilitación vocacional para determinar:

  • Si usted tiene una discapacidad laboral.  Tiene una discapacidad laboral si su discapacidad limita su capacidad para:

    • Prepararse para,

    • Obtener, y

    • Mantener un empleo adecuado.

  • Si usted es elegible para los beneficios y servicios de VR&E.

 

Si tiene derecho a recibir beneficios, usted y su consejero crearán un plan de rehabilitación.  Este plan elegirá su pista de soporte y servicios.

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¿Cómo puedo apelar una decisión VA?

Si usted no está de acuerdo con cualquier decisión tomada por la Administración de Beneficios para Veteranos, tiene derecho a apelar.  Puede tener un representante que le ayude con su apelación.  Este proceso puede tardar años en completarse.  Para apelar una decisión:

  • Presentar una Notificación de Desacuerdo.  Debe presentar su notificación dentro de un año a partir de la fecha de la carta en la que se le notifica la decisión.  Envíe el aviso a la dirección que figura en la carta de decisión.

  • Declaración del Caso.  Después de presentar el Aviso de Desacuerdo, un Funcionario de Revisión de Decisiones revisará su expediente.  El oficial decidirá si tiene pruebas suficientes para conceder su apelación.  Enviarán esta decisión en una Declaración del Caso.

  • Formulario VA9.  Si no está de acuerdo con la Declaración del Caso, debe devolver el Formulario VA9 en un plazo de 60 días. 

    • Esta es su última oportunidad de enviar cualquier evidencia adicional para que la VA la revise.

  • Apelar a la Junta.  Su caso se enviará a la Junta de Apelaciones de Veteranos.  Un juez revisará su caso.

  • Audiencia.  Si lo desea, usted puede solicitar una audiencia con un Juez de Derecho de Veteranos.

  • Decisión. La Junta decidirá:

    • Permitir beneficios,

    • Pedir más evidencia, o

    • Negar beneficios.

  • Corte de Apelaciones.  Si no está de acuerdo con la decisión de la Junta, usted puede apelar at Tribunal de Apelaciones para Reclamos de Veteranos.  Debe apelar dentro de los 120 días. 

 

¿Qué pasa si no puedo esperar años para una apelación de una decisión de VA?

Usted puede solicitar que su apelación se mueva al frente de la línea si:

  • Tiene 75 años o más,

  • Tiene una enfermedad grave,

  • Tiene problemas financieros importantes, o

  • Tiene alguna otra buena razón.

 

Esto se llama tener su apelación Avanzada en Docket.  Usted hace esta solicitud escribiendo a la Junta de Apelaciones de Veteranos

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¿Están calificados los dependientes de Veteranos para recibir beneficios de educación y empleo?

Un hijo o cónyuge de un veterano puede calificar para los beneficios de VA si el veterano:

  • Está permanente y totalmente discapacitado.  La discapacidad debe estar relacionada con el servicio.

  • Murió mientras estaba en servicio activo o por una discapacidad relacionada con el servicio.

 

Si un dependiente califica para los beneficios de educación, también podría ser elegible para los beneficios de VR&E.

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Recursos

 

Para obtener ayuda con beneficios:

  • Stateside Legal es un sitio web para miembros de las fuerzas armadas, veteranos, sus familias y defensores.
  • Obtenga más información sobre todos los servicios ofrecidos por el Departamento de Servicios para Veteranos de Georgia en su sitio web. 
  • Para ayuda con apelaciones de beneficios, póngase en contacto con el Departamento de Servicios para Veteranos de Georgia, División de Apelaciones.
  • Si tiene preguntas para el VA, usted puede:
    • Enviar un mensaje a la VA en línea,

    • Llamar la VA a:

Línea directa de beneficios de VA: 800-827-1000

Soporte técnico de eBeneficios: 800-983-0937

Llame MyVA311 para ayuda: 844-698-2311

Si tiene una pérdida auditiva, llame TTY: 711.

Última revisión y actualización: Jun 05, 2023
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